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Preparación de la documentación para Seguridad Social

En cuanto a la liquidación en Seguridad Social preparamos

Reglas de estar sujeto al régimen de seguro social de las personas que cuidan de menores en base a un contrato de trabajo para el personal de casas particulares (niñeras) y reglas de preparación de documentos de seguro social para esas personas.

Base legal

El día 1 de octubre del año 2011 se introdujo la ley del día 4 de febrero del año 2011 de cuidado a los menores de edad hasta los 3 años (Diario Oficial del año 2016, apartado 157), bajo la cual las personas que cuidan de los menores en base a un contrato de trabajo para el personal de las casas particulares están sujetas al régimen de seguro social y médico si cumplen con los requisitos indicados en las leyes.

Asegurada – quién es niñera

Niñera puede ser persona física que cuida de menores en base a un contrato de trabajo para el personal de las casas particulares. La niñera no puede ser:

  • uno de los padres, también en el caso de progenitor soltero,
  • persona menor de edad.

Pagador de primas – progenitor

EL pagador de las primas es uno de los padres del menor de edad o el progenitor soltero. Por el progenitor soltero se entiende al progenitor soltero, viudo, divorciado o al progenitor en separación (de acuerdo con la ley) o progenitor casado si su cónyuge ha perdido derechos parentales o purga una pena de privación de libertad. Por el progenitor se entiende también al tutor legal y otras personas a quienes el tribunal ha otorgado el derecho de cuidado de menor.

Contrato de trabajo para el personal de las casas particulares

El contrato de trabajo para el personal de las casas particulares es un contrato de prestación de servicios, al cual, de acuerdo con las leyes de Código Civil se aplican las leyes relacionadas con el encargo, en cuya base la niñera cuida de los menores. El contrato es de forma escrita entre la niñera y los padres o el progenitor soltero.

El contrato contiene:

  • partes de contrato,
  • objetivo y sujeto de contrato,
  • tiempo y lugar de prestación de servicio de cuidado,
  • número de menores de edad bajo cuidado,
  • obligaciones de la niñera,
  • salario y manera y fecha de pago,
  • tiempo de vigencia de contrato,
  • condiciones y manera de cambio o liquidación de contrato

Reglas de estar sujeto bajo el régimen de seguro social

Las niñeras están sujetas bajo el régimen de seguro de jubilación y pensión y de seguro contra los accidentes si no hay condiciones que excluyan esta obligación. Para las niñeras sujetas bajo los seguros mencionados, el seguro médico es opcional. Las reglas de conclusión de obligación de seguro en caso de  existencia de uno o más derechos a seguro de jubilación y pensión o de existencia de otras circunstancias (por ejemplo: el derecho a jubilación o pensión) se introducen de la misma manera como para otro tipo de contratos de prestación de servicios, para los cuales, de acuerdo con la ley de Código Civil se aplican las leyes relacionadas con el encargo. La excepción es el caso de contrato para el personal de casa particular con alumno o estudiante menor de 26 años. El presupuesto nacional financia solamente las primas para el seguro de jubilación, pensión, accidentes y médico calculados a partir de la base no mayor de la suma mínima de salario, en cuanto a las primas de estos seguros calculados a partir de superávit y primas de seguro médico son pagadas por el pagador de acuerdo con las reglas generales.

Liquidación de primas por la niñera – nuestro servicio

  • Registramos al pagador (progenitor) y al asegurado (niñera) en el seguro social.
  • Realizamos y entregamos en Seguridad Social la documentación de liquidación mensualmente
  • Damos al pagador la información sobre la suma de primas para pagar
  • Preparamos declaraciones anuales de la niñera

Más

 

Capital principal base legal

EL término de capital principal fue introducido en la ley del día 17 de diciembre del año 1998 sobre las jubilaciones y pensiones de Fondo de Seguros Sociales. El capital principal se calcula a cada persona para el día 1 de enero del año 1999 sin importancia cuándo será enviada la solicitud de fijarlo junto con la documentación a Seguridad Social y cuándo se tomará la decisión de su nivel.  Seguridad Social es obligada a recibir las solicitudes de fijar el capital principal de los asegurados en cualquier momento. La solicitud debería ser anunciada a más tardar junto con la solicitud de jubilación. Sin embargo, no hay que esperar para entregar la solicitud hasta la edad de jubilación.

Muchos lugares de trabajo son liquidados o reformados, lo cual significa que la demora en la entrega de la documentación necesaria para fijar el capital principal hasta la edad de jubilación puede hacer imposible o dificultar mucho la recepción de los documentos (sobre todo certificados de nivel de salario) de lugares de trabajo anteriores e inexistentes o encontrar el lugar de su conservación.

¿A quién le atañe la determinación de capital principal y por qué es importante?

Desde el año 1999 Seguridad Social registra las primas de seguro de jubilación de cada persona sujeta al régimen de seguro social en la cuenta individual de asegurado. Antes del año 1999 Seguridad Social no era obligada a llevar cuentas individuales de seguros.

Por eso a las personas nacidas antes del año 1948 por los periodos de trabajo (seguro) de los años anteriores al 1999 se les calcula una prima de seguro social teórica a través de fijar el capital principal.

Documentación necesaria para determinar el capital principal

Para determinar el capital principal son imprescindibles los siguientes documentos (originales):

  • certificados de trabajo o certificados de empleadores que confirmen los periodos de trabajo u otras pruebas para confirmar los periodos de primas y sin pagar primas antes del año 1999,
  • certificados, entre ellos el certificado de trabajo y salario (formulario ZUS Rp-7), que emite el empleador o el sucesor de empleador que confirmen los periodos de trabajo y los salarios recibidos de los años anteriores al 1999.

o

  • documento de seguro que contenga inscripciones sobre el empleo y salario realizadas durante el periodo de empleo o inmediatamente después de terminar la relación de trabajo,
  • las personas que individualmente han pagado las primas de seguro social y personas que han colaborado en una actividad económica indican el periodo de gestión o colaboración de la actividad económica y la dirección de la sede de actividad, tipo de actividad, número de cuenta de pagador y dirección de la sede de Seguridad Social en la que fueron pagaras las primas antes del año 1999.
  • libreta militar,
  • diploma de graduación de escuela superior,
  • certificaciones emitidas por Registro del Estado Civil,
  • datos de documento de identidad en forma de libreta, por ejemplo: inscripciones sobre los empleos, inscripciones sobre los hijos.

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