Oferta para los clientes individuales

Liquidación tributaria

REALIZAMOS LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA ANUAL DE LOS INGRESOS DE CADA AÑO TROBUTARIO. CON NOSOTROS PUEDEN LIQUIDAR SU TRIBUTO SIN NECESIDAD DE SALIR DE CASA. ESTAMOS PARA AYUDAR Y AHORRAR SU TIEMPO.  

Declaración de ingresos recibidos, deducciones e importe de ingresos registrados. Estas declaraciones son entregadas por los tributarios, quienes han elegido la forma de tributo de importe por alquiler o actividad económica.

Formulario destinado a los tributarios, para los cuales se dirige el art. 45, párrafo 1 de la ley del día 26 de julio de 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (Diario Oficial del año 2010 Núm. 51, apartado 307, con cambios posteriores.), llamada a continuación „ley”, y quienes, independientemente de la cantidad de fuentes de ingresos:

  1. han gestionado: − actividad económica no agrícola, tributada bajo condiciones generales, utilizando la escala fiscal – sectores especiales de producción agrícola, tributados bajo las condiciones generales, utilizando la escala fiscal,
  1. han recibido ingresos: − de alquiler, subalquiler, arrendamiento, subarriendo u otros contratos de carácter similar, tributados bajo las condiciones generales, de los cuales fueron obligados a pagar por su cuenta anticipo fiscal, − de fuentes de ingresos del extranjero, – de otras fuentes, tributadas bajo las condiciones generales, tomando en cuenta la escala fiscal, de las cuales ni pagador ni tributario, durante el año tributario, no tenía la obligación de pagar anticipos
  2. utilizan la exención fiscal, de acuerdo con el art. 44, párrafo 7a de la ley (el llamado préstamo tributario),
  3. son obligados a realizar la adición, de acuerdo el art. 44, párrafo 7 de la ley,
  4. son obligados a adicionar a sus ingresos los ingresos de sus hijos menores de edad,
  5. disminuyen el ingreso por las pérdidas de los años anteriores,
  6. declaran el importe de impuesto sobre la renta, mencionado en el art. 29, 30 y 30a de la ley, si el impuesto no ha sido cobrado por el pagador,
  7. declaran el impuesto sobre la renta, mencionado en el art. 30e de la ley. En caso de los tributarios que soliciten tributación de los ingresos de los cónyuges, una de las condiciones tiene que ser cumplida al menos por uno de los cónyuges.

El formulario PIT-36 es destinado tanto para los tributarios que tributan sus ingresos individuales como para los que quieran tributar los ingresos de su cónyuge o de manera prevista para las personas que crían hijos individualmente y personas, cuyo lugar de residencia para la tributación no es República de Polonia, sino otro país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Confederación Suiza, quienes tributan sus ingresos, mencionados en art. 29, párrafo 1 de la ley, bajo las condiciones indicadas en el art. 27, párrafo 1 de la ley, es decir, utilizando la escala fiscal.

El formulario destinado a los tributarios que han gestionado una actividad económica no agrícola o a los sectores especiales de la producción agrícola tributados bajo las condiciones indicadas en el art. 30c de la ley del día 26 de julio del año 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas físicas (Diario Oficial del año 2010, Núm. 51, apartado 307, con cambios posteriores), llamada „ley”.  El formulario PIT-36L está destinado a los tributarios que declaran el impuesto individualmente.

El formulario está destinado a los tributarios a los que se dirige el art. 45, párrafo 1 de la ley del día 26 de julio del año 1991 sobre el impuesto sobre la renta de las personas (Diario Oficial del año 2010 Núm. 51, apartado 307, con cambios posteriores) llamada a continuación „ley”, y quienes en el año tributario:

  1. solamente a través de pagador han recibido ingresos de las fuentes situadas en la República de Polonia, tributadas bajo las condiciones generales con el uso de la escala fiscal, es decir, sobre todo por:
    • salarios y otros ingresos por el servicio, relación de trabajo (incluyendo la relación de trabajo en cooperativa) y trabajo a domicilio,
    • jubilaciones y pensiones nacionales (incluyendo pensión estructural y social),
    • prestaciones por jubilación anticipada y subsidios por jubilación anticipada,
    • pagos por membresía en las cooperativas agrícolas de producción u otras cooperativas de producción agrícola,
    • subsidios de la seguridad social,
    • becas,
    • ingresos de actividades realizadas personalmente (entre otras: contratos de prestación de servicios, contratos de manager, membresía en las juntas directivas, cumplir las obligaciones sociales, actividad deportiva),
    • ingresos de derechos de autor y otros derechos patrimoniales,
    • prestaciones de Fondo de Empleo o Fondo de Garantía de Prestaciones de Empleados,
    • pagos por el trabajo de temporalmente arrestados y condenados,
  2. no han gestionado actividad económica no agrícola ni sectores especiales de producción agrícola tributados bajo las condiciones generales con el uso de la escala fiscal
  3. no son obligados a adicionar a sus ingresos los ingresos de sus hijos menores de edad,
  4. no disminuyen sus ingresos por las pérdidas de los años anteriores. En caso de los tributarios que solicitan tributación de los ingresos de los cónyuges las condiciones mencionadas atañen a los dos cónyuges.

Los tributarios que no cumplen las condiciones mencionadas anteriormente y a los que se dirige el art. 45, párrafo 1 de la ley, rellenan la declaración PIT-36. El formulario PIT-37 está destinado tanto para los tributarios que tributan sus ingresos individuales como para los que quieran tributar los ingresos de su cónyuge o de manera prevista para las personas que crían hijos individualmente y personas cuyo lugar de residencia para la tributación no es República de Polonia, sino otro país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Confederación Suiza, quienes tributan sus ingresos, mencionados en art. 29, párrafo 1 de la ley, bajo las condiciones indicadas en el art. 27, párrafo 1 de la ley, es decir, utilizando la escala fiscal.

El formulario está destinado para los tributarios que en el año tributario han recibido ingresos por:

  1. odpłatnego zbycia:
    • valores,
    • valores prestados (venta corta),
    • derivados de instrumentos financieros y realizaciones de las leyes procedidas de ellos,
    • participaciones sociales,
  2. por asumir participaciones sociales o aportaciones en las cooperativas por aportaciones no dinerarias de otra forma, ni empresa o su parte organizada

Formulario destinado para los tributarios, quienes en el año tributario han recibido ingresos por la enajenación pagada de inmuebles y derechos patrimoniales adquiridos bajo las condiciones indicadas en el art. 30e de la ley del día 26 de julio del año 1991 sobre impuesto sobre la renta de las personas físicas (Diario Oficial del año 2010 Núm. 51, apartado 307, con cambios posteriores), llamada a continuación „ley”.

Fechas de entrega

PIT 28

La declaración se entrega hasta el día 31 de enero del año siguiente después del año tributario. Si el último día del periodo es sábado o día festivo, se considera el último día de entrega el día siguiente después de los días festivos).

PIT:  36, 36L,38,39

De acuerdo con el art. 45 de la ley, la declaración se entrega hasta el día 30 de abril del año siguiente después del año tributario (de acuerdo con la decisión de la ley tributaria). Si el último día del periodo es sábado o día festivo, se considera el último día de entrega el día siguiente después de los días festivos).

Servicios adicionales

Correcciones/ Explicaciones para las declaraciones entregadas

Preparamos también correcciones y explicaciones para las declaraciones entregadas por los tributarios anteriormente, en las cuales el Superior de Delegación de Hacienda ha tenido dudas o ha solicitado correcciones.

Envío electrónico de declaración

Por pedido del cliente enviamos a su nombre la declaración tributaria electrónica.

Documentación necesaria

Documentación necesaria para preparar la liquidación

  • Documentos, en cuya base han recibido ingresos, dependiendo de tipo de liquidación pueden ser:
    • pit-11,
    • pit-40,
    • pit-8c,
    • confirmaciones de ingresos a la cuenta bancaria,
    • actas notariales y otros.
  • Si tienen hijos y cumplen con los requisitos de la liquidación, introduzcan datos de sus hijos: nombre, apellido, fecha de nacimiento o el número PESEL
  • Si en dado año tributario han entregado donaciones para las organizaciones de utilidad pública inscritas en la lista http://www.pozytek.gov.pl/Wykaz,Organizacji,Pozytku,Publicznego,3666.htmldemuestren confirmaciones de los pagos y datos de Registro Nacional Judicial de esas organizaciones,
  • Datos para rellenar (número de Registro Nacional Judicial, nombre y objetivo detallado si es necesario) dentro de 1% de impuesto para organizaciones de utilidad pública. Si no lo han elegido, podemos hacerlo por ustedes.
  • Datos de contacto

Pueden enviarnos los documentos mencionados por correo y nosotros les vamos a enviar la declaración rellenada con la instrucción de los próximos pasos. Podemos también enviar la declaración electrónica con el comprobante de envío electrónico. Gracias a esto, todo el procedimiento lo pueden realizar sin salir de su casa.

Precios y tiempo de liquidación

Contáctenos al número de teléfono: 22 853 21 78 / 604 521 600 o vía correo electrónico : sekretariat@omegga.com.pl

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